Los nuevos valores fueron publicados el miércoles en el Boletín
Oficial, y el listado incluye también modificaciones sobre embarcaciones
y aeronaves de recreo o deportivas. La norma estará vigente hasta el 30
de junio. “El objetivo es no afectar la producción nacional y el
trabajo con el impuesto interno, pero, al mismo tiempo, mantenerlo para
aquellos bienes que representan consumos lujosos”, explicó la ministra
de Industria, Débora Giorgi.
El impuesto a los vehículos de lujo
alcanzó durante el año pasado a 5440 autos de producción nacional,
equivalente a 0,8 por ciento de las unidades comercializadas, si se toma
en cuenta el total de patentamientos de autos nacionales e importados
que llegará a cerca de 680 mil unidades cuando se compute el mes de
diciembre. El dato acumulado mostrará una caída en las ventas superior
al 25 por ciento anual.
“Contrariamente a lo que se argumentó
maliciosamente, el impuesto interno no fue ni será el factor que
determinó la ralentización de la producción de autos o motos”, destacó
Giorgi en un comunicado. “Tal como se dijo en su momento, las subas de
precios injustificadas y las estrategias comerciales erróneas o
especulativas tuvieron que ser neutralizadas por el Gobierno para
mantener la actividad en niveles razonables. Esta medida va en el mismo
sentido: defender la producción y el trabajo”, agregó la funcionaria.
Con
esta modificación de la base imponible, la cantidad de vehículos de
producción local, según un mercado estimado para 2014 en 680 mil
unidades, desciende de 5440 a 2720 automóviles, equivalente a sólo 0,4
por ciento de las unidades nacionales. Entre los importadores, desciende
del 5,8 a 2,3 por ciento, es decir de 39.440 a 15.640 unidades. La base
imponible toma en consideración el valor de venta del vehículos sin
impuestos e incluye los opcionales. En el caso de los vehículos nafteros
cuya base imponible se ubique entre 195.500 y 241.500 pesos, tributarán
el 30 por ciento. Se trata de vehículos con precios al público de entre
274.400 y 442.470 pesos. Los vehículos gasoleros de este rango de
precios tendrán una alícuota del 10 por ciento. Los que superen los
442.470 pesos en concesionarias, sin importar motorización, tributarán
el 50 por ciento.
Para las motos de alta gama se actualizó la
base imponible desde 28.000 a 34.500 pesos, que si se incluyen el precio
de venta al público se traslada de 39.300 a 48.400 pesos. A partir de
estos precios y hasta los 112.600 al público pagarán el gravamen del 30
por ciento. Por encima de los 112.600 pesos, equivalente a una base
imponible de 61.500 pesos, abonarán la alícuota del 50 por ciento. Con
una estimación del mercado similar a la de 2014 (488.500 motovehículos),
las unidades de producción local gravadas pasarán de 7,6 por ciento
(37.126) a 2,7 por ciento (13.189). Entre las motos importadas, que
representan el 14 por ciento del mercado local, las alcanzadas por el
impuesto se reducen de 1,2 al 0,8 por ciento (3908 unidades). La mayoría
de las unidades importadas corresponden a motos de baja cilindrada.
La
norma también modificó la base imponible de embarcaciones y aeronaves
de recreación y deportivas estableciendo como piso para la tributación
niveles de precio al público equivalentes en el primer caso a 216.000
pesos y en el segundo de 274.400. En estos casos tampoco se modificaron
las alícuotas. Las embarcaciones tributarán 30 por ciento a partir de
una base imponible de 154.00 pesos (216.000 pesos al público) y se eleva
a 50 por ciento cuando supere la base de 272.000 pesos (o 498.300 pesos
en concesionaria). Para las aeronaves cuya base supere los 195.500
pesos (de 274.400), pagarán la alícuota de 10 por ciento.