Los precandidatos que participen en las elecciones primarias pueden
hacerlo en una sola agrupación política y para una sola categoría de
cargos electivos y los que hayan participado en las PASO por un partido
no pueden intervenir como candidatos de otro en la elección general.
La
elección del candidato/a a Jefe de Gobierno de cada agrupación política
se realiza en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, entre
todos los precandidatos participantes en la categoría.
Dentro de
las 48 horas de recibida la notificación de su proclamación, el
candidato a Jefe de Gobierno de cada agrupación política debe
seleccionar al candidato a Vicejefe de Gobierno que lo acompañará en la
fórmula, pero no podrá optar por aquellos precandidatos que hayan
participado en las elecciones primarias de otras agrupaciones políticas.
Para
la conformación final de la lista de candidatos a legisladores, se
aplica la fórmula D’Hont entre todas las listas de precandidatos
participantes en la categoría.
Para la conformación final de la
lista de candidatos a miembros de las 15 Juntas Comunales de cada
agrupación política se aplica también el sistema D’Hont entre todas las
listas de precandidatos participantes en la categoría en cada comuna.
Sólo
podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones
políticas que, aún en el caso de lista única, hayan obtenido, como
mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas, igual o
superior al uno y medio por ciento (1,5%) de los votos válidamente
emitidos para cada categoría.