Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una
multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera
realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera
revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o
información se hubiera revelado o divulgado".
El artículo 85
prevé penas de prisión y hasta multas equivalentes al dinero blanqueado
para aquellos que difundan información de quienes se adhieran
Es
decir: si un periodista informase que alguna persona, inclusive
funcionarios. blanquea cien millones de dólares, ademas de ser ser
acusado de un delito que establece penas de 1 mes a 2 años de prisión,
deberá pagar una multa igual al dinero que estaba escondido del fisco.
Esto
no sólo alcanzaría a periodistas que informaran sobre los
blanqueadores, sino también a quienes facilitaran los medios para su
difusión, como editores responsables, directivos o dueños del medio
donde la información se difundiera y sitios, agregadores e indexadores
web.
Sin embargo, este polémico artículo es inconstitucional, ya
que atenta contra la libertad de expresión que preveen los artículos 14 y
32 de la Constitución de la Nación Argentina:
Art. 14.- Todos
los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a
las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer
toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las
autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio
argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de
usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de
profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Art.
32.- El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de
imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.
En
declaraciones a Radio Vorterix, Martín Becerra, profesor de Universidad
de Quilmes e investigador del Conicet, remarcó que "ese artículo 157
del Código Penal, es un articulo que solo alcanza a funcionarios
públicos". También, insistió: "es preocupante, ya que penaliza la
divulgación de información, 'delitos de opinión' que pensábamos
desterrado en la Argentina". Esta disposición alcanzaría al propio
Google y Facebook, lo que representa un alcance desmedido.
En la
mañana de hoy, Pablo Tonelli, diputado del PRO, tuvo un fuerte cruce con
Pablo Dugan en Radio Belgrano respecto al artículo 157 del Código Penal
el cual, según el legislador, incluye a cualquier sujeto que difundiera
información "secreta".
La posible aprobación del proyecto
oficial, así como está redactado, representaría un grave retroceso
democrático en cuanto a la protección de la libertad para informar y
opinar.