“El hecho de que se encuentre suspendida la adecuación, por una
interpretación judicial que no compartimos y que beneficia claramente la
posición dominante del multimedios, no implica que Cablevisión pueda
aumentar su ilegalidad superando aún más el límite legal del 35% del
mercado de televisión por cable”, afirmó Sabbatella, tras la
presentación judicial, informó un comunicado de la Afsca.
El
titular del organismo señaló que "la Justicia ya reconoció que el Grupo
Clarín supera largamente el límite establecido en la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual".
"Lo que corresponde es que, hasta
tanto logremos encuadrar a la empresa en los límites legales, la
Justicia le impida que aumente su transgresión a la ley”, añadió.
Para
Sabbatella, “es ridículo que, después del fallo de la Corte (Suprema,
que en 2013 declaró "constitucional" a la ley 26522), una parte del
Poder Judicial le siga permitiendo a (el CEO del Grupo Clarín, Héctor)
Magnetto estar fuera de la ley. Pero es aún peor que, además, no se le
ponga ningún límite para que siga profundizando la ilegalidad”.
En
su presentación, la Afsca le solicitó al juez Alfonso que modifique la
medida cautelar mediante la cual dispuso suspender la adecuación de
oficio del Grupo Clarín e introduzca la "prohibición de que Cablevisión
continúe contratando y/o suscribiendo nuevos abonados a los servicios de
televisión por cable o televisión digital, de manera de incrementar aún
más su participación en el mercado, que ya excede ampliamente los
límites dispuestos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual".
El
pedido tiene que ver con que el artículo 45 de la aludida ley,
declarado constitucional por la Corte Suprema, que prohíbe brindar
servicio a más del 35% de la totalidad del mercado, límite superado por
Cablevisión, tal como admitió el propio Grupo Clarín en su propuesta de
adecuación voluntaria presentada ante la Afsca.
El mismo fallo de
la Corte Suprema señaló que la participación de Cablevisión en el
mercado de televisión paga asciende al 45% del total nacional de
abonados.
"Si la propia Corte ha sostenido que los límites
establecidos en la ley tienen como finalidad garantizar la libertad de
expresión y promover la desconcentración en materia de servicios de
comunicación audiovisual, no puede permitirse que Cablevisión continúe
acrecentado su cuota en el mercado”, dijo Sabbatella.
El titular
de la Afsca precisó que Cablevisión supera el 45% del total de los
abonados de toda la televisión por suscripción del país, por cable o
satelital, y más del 60% si sólo se considera a la televisión por cable.
En
su presentación, la Afsca señala que la medida cautelar dispuesta “sólo
impide el inicio del procedimiento de transferencia de oficio del Grupo
Clarín S.A., pero no otorga ningún derecho a Cablevisión S.A. para
incumplir el límite del 35% de abonados establecido en la Ley Nº
26.522”.
“¿Cómo podría continuar justificándose que además de no
adecuarse a la Ley Nº 26.522 se permitiese al grupo oligopólico seguir
acrecentando, aun más allá del 45% que ostenta, su participación sobre
el total nacional de abonados del país?”, se pregunta la Afsca en el
escrito presentado al juez Alfonso.