A pesar de que una de las críticas más sostenidas contra el presidente
de la AFSCA, Martín Sabbatella, era la de su vinculación con el ex
Gobierno nacional cuando era presidente de un ente autárquico, el
decreto firmado por todos los integrantes del gabinete (así debe ser en
un DNU) mete marcha atrás y vuelve a un estado de cosas similar al que
había hasta 2009, con el viejo COMFER. ¿Cómo es posible?
El
ENaCom, nuevo ente de aplicación de los medios electrónicos y las
telecomunicaciones, estará manejado por un directorio de 7 integrantes,
de los cuales 5 estarán vinculados al gobierno de turno. Cuatro de ellos
serán nombrados directamente por el Poder Ejecutivo, mientras que los
otros tres llegarán al cargo como representantes de los bloques
parlamentarios, uno por cada una de las tres minorías más numerosas. Es
decir, Cambiemos nombrará 4 a través del gobierno de Macri y uno más a
partir de su bloque en el Congreso de la Nación, contando así con una
mayoría automática para tomar todas las resoluciones que quieran.
Inclusive,
los directores de la ENaCom, a diferencia de los de la AFSCA, podrán
ser desplazados simplemente con la firma del presidente de la Nación, al
igual que ocurría antes con el interventor del COMFER entre 1983 y
2009, año de la sanción de la ley vigente. Se genera así una mayor
dependencia de los directores que antes, para dejar su cargo, debían ser
desplazados por dos tercios del Consejo Federal, un organismo que ahora
deja de existir.
El directorio de AFSCA tenía siete miembros:
dos a propuesta del PEN, tres por las minorías parlamentarias y dos
designados por el Consejo Federal. El Poder Ejecutivo, así, tendría como
máximo 3 representantes (entre los designados directamente y los del
Congreso), la oposición, dos y otros dos del Consejo Federal. El
proyecto de ley original tenía cinco miembros, con tres vinculados el
Gobierno, algo que la oposición cuestionó por esa mayoría inmediata y
que el FpV modificó para obtener los votos de bloques de
centroizquierda, como el socialismo y Proyecto Sur.
Nuevos topes de licencias
Otro
de los cambios importantes en torno a las licencias de radio y TV es la
cantidad y fecha de caducidad de las mismas. El decreto 267 establece
un tope de 15 licencias, cuando antes eran 10, unifica los permisos de
explotación de cable para todo el país y permite la renovación infinita.
Las
licencias en la 26.522 duraban diez años, con posibilidad de renovación
por otra década. Culminado el plazo, debía llamarse nuevamente a
concurso en donde el actual licenciatario podía volver a presentarse.
Con estos cambios, las licencias duran 10 años, pueden prorrogarse
automáticamente por otros 5 y luego, renovarse cada 10 sin ningún tipo
de restricción.
La ley abre una ventana para intentar clausurar
la desconcentración por varios años. Inaugura un plazo hasta el 31 de
diciembre de esta año para que todos los actuales licenciatarios pidan
la extensión de la fecha de caducidad de las mismas por otros 10. Es
decir, una renovación automática hasta el 2026 de todas las licencias.
También
establece que si un licenciatario no cumpliera con los requisitos para
explotar una frecuencia de radio o TV pero ya fue adjudicado, podrá
explotar dicha frecuencia hasta su finalización, pero no tendrá espacio
luego para reclamar la renovación de la misma.
El Gobierno
extendió a su vez de 10 a 15 la cantidad de licencias permitidas en
poder de una misma persona física o jurídica en todo el país. Elimina la
restricción a la propiedad cruzada, que impedía tener en una misma área
el servicio de TV por cable y un canal de TV abierta, y considera a
todos el territorio nacional como una única zona para la explotación de
servicio de cable, eliminando el tope de 24 licencias para tal fin e
igualándolo con el servicio satelital. Tampoco impone límites a esa
industria, permitiendo el crecimiento ilimitado en ese segmento del
negocio.