En esa línea de regresión de derechos, el proyecto de ley de blanqueo de
capitales del gobierno macrista esconde una Mordaza al periodismo, al
intentar establecer condiciones para multar y llevar a prisión a quien
publique o difunda datos de quienes se beneficien con la moratoria
financiera, situación que viola los principios del artículo 13 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa
Rica) y del artículo 14 de la Constitución Nacional, que consagran la
libertad de investigar y publicar sin censura previa.
La amenaza
de sanciones penales y gravosas multas económicas están expresadas en el
proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió al Congreso, para iniciar
su tratamiento por la Cámara de Diputados. El artículo 85 prevé la
aplicación del artículo 157 del Código Penal, el cual está destinado a
los funcionarios públicos obligados a preservar el secreto fiscal. Pero
el proyecto extiende la imposición del secreto a “terceros”, lo que lo
dirige en primer término contra periodistas o cualquier otra entidad
dedicada a investigar, descifrar y difundir el movimiento de capitales
involucrados en evasión y en lavado por diversas actividades ilícitas.
La
mera amenaza de sanciones penales y/o económicas debe ser leída como un
acto de censura previa y como una traba a la libertad de expresión, a
la vez que resulta un contrasentido frente a los principios invocados
para fundamentar el derecho de acceso a la información por parte de los
ciudadanos. Cabe recordar que el proyecto de Ley de Acceso a la
Información Pública enviado por el mismo Poder Ejecutivo y con media
sanción en la Cámara de Diputados destaca en sus fundamentos el
principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el
derecho de acceso a la información pública derivados de los artículos
1°, 33 y 38 de la Constitución Nacional y por los instrumentos
internacionales de protección de los derechos humanos a los que el
artículo 75 inciso 22 les otorga jerarquía constitucional.
Como
quedó sentado con la derogación de las sanciones penales para calumnias e
injurias en 2009, la libertad de expresión no admite condicionamientos y
debe estar sujeta solamente a responsabilidades ulteriores establecidas
por ley, con la debida fundamentación para proteger el interés
público. Cualquier limitación al derecho a la información debe
respetar, además, el principio de proporcionalidad con respecto al daño
causado y debe ser lo menos restrictiva posible para el ejercicio de la
libertad de expresión.
Destacamos este 7 de junio que tanto el
Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908) como los principios
constitucionales, amparan en su conjunto al trabajo periodístico como
instrumentos de la doble dimensión del derecho a la libertad de
expresión: uno individual, el de investigar y difundir sin censura, y
otro colectivo, el de conocer y acceder a la información para lo cual
resulta indispensable la labor periodística.
En ese marco la
Coalición por una Comunicación Democrática condena los despidos, la
precarización y cierre de fuentes de trabajo de empresas periodísticas,
situación que también se convierte en un ataque al pluralismo y la
diversidad. En este sentido adherimos a las actividades convocadas por
las representaciones de trabajadores de la comunicación (FATPREN y
FETRACCOM) para reclamar contra la flexibilización laboral, la
precarización, los cierres de medios de comunicación y el ajuste.
También
reclamamos la inmediata restitución de políticas públicas de fomento de
la producción, acceso a contenidos y fortalecimiento de un sistema de
medios plural y democrático, dispuestas en el Fondo de Fomento
Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA) creado por
la Ley 26.522.
Si la libertad de expresión está en peligro, todas las libertades lo están.
Coalición por una Comunicación Democrática
7 de junio de 2016