La acusación de la Secretaría a cargo de Paula Español es por retención
en sus volúmenes de producción o falta de entrega de determinados
productos de consumo masivo para su comercialización.
El organismo
informó que las imputaciones se realizaron luego de verificar que las
mencionadas empresas habrían incumplido la intimación a “incrementar su
producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar
los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución con
el fin de satisfacer la demanda”, establecida por la Resolución 100/2020
y sus modificatorias, en el marco de la emergencia sanitaria
establecida en 20 marzo del año 2020.
Esa Resolución, que establece
el marco legal para la implementación de los Precios Máximos, tiene como
finalidad proteger a las y los consumidores de posibles abusos en los
precios y garantizar el normal abastecimiento de productos en
supermercados.
La Secretaría reveló que durante las fiscalizaciones
realizadas en comercios, inspectores de la SSADC identificaron algunos
faltantes en góndolas de productos de consumo masivo. A partir de esta
evidencia, se realizaron inspecciones en las oficinas administrativas de
diversas empresas proveedoras, lo que derivó en distintos
requerimientos de información sobre stocks e inventarios durante los
meses de noviembre y diciembre de 2020, y enero de 2021.
Por ejemplo,
en la empresa multinacional Unilever, que elabora alimentos, artículos
de limpieza e higiene personal, se detectó una caída de casi el 100% en
su inventario de aderezos.
En la multinacional alimenticia Danone,
por su parte, se corroboró una disminución relevante en la producción y
despacho de quesos cremas y postres durante el trimestre relevado.
En
la compañía multinacional Procter & Gamble (P&G), que elabora
productos de limpieza y para el cuidado personal, se identificaron una
reducción importante en el stock de varias presentaciones de productos
de marcas emblemáticas de pañales y detergentes.
La panificadora y
elaboradora de pastas Fargo también evidenció una reducción en el stock
de diversas presentaciones de ravioles y ñoquis, tapas de empanadas y de
pan lactal en todas sus variedades.
En aceites, la empresa local
Aceitera General Deheza (AGD) acreditó una baja de inventario en su
totalidad de marcas y presentaciones.
De igual modo, en la empresa
Molinos Río de la Plata se relevó una importante reducción de
inventarios de harinas, productos a base de arroz, arroz y aceites.
En
la empresa Bunge, compañía global de agronegocios, también se corroboró
una baja en el despacho de aceites envasados y una variación negativa
de stocks de harinas.
Por último, la láctea Mastellone, la
distribuidora de golosinas Potigian, la empresa regional de alimentos
agroindustriales Molinos Cañuelas y el frigorífico Paladini no aportaron
la información con el detalle requerido para realizar un análisis
completo de imputadas por este motivo.
AFP. En los casos en que se
verificó una reducción de la producción o en la distribución de
alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza que
incumplen con lo establecido en la resolución 100 y modificatorias, las
imputaciones intiman a las empresas para que en el plazo perentorio de 5
días hábiles acredite ante la SSADC de modo fehaciente haber dado cabal
cumplimiento a la norma, y se les requiere que restablezcan los niveles
de stock registrados a noviembre 2020 y arbitren las medidas
conducentes para asegurar el transporte y provisión de los productos
para su efectiva comercialización.