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Suben un 25% el piso que obliga a presentar declaracionesjuradas

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Suben un 25% el piso que obliga a presentar declaracionesjuradas.
La directora de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, confirmó que se firmó la reglamentación para modificar el impuesto a las ganancias para la cuarta categoría, que sube un 25% el piso que obliga a presentar declaraciones juradas. Además, habló de la marcha atrás de la Ley del Monotributo.

"Estamos firmando esta mañana la reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias para la relación de dependencia, para la cuarta categoría. Apurados por que la idea del Gobierno es que esta medida traiga alivio el mes que viene, o a fin de mes cuando se cobren los salarios de junio y el medio aguinaldo", aseguró Marcó del Pont.
Luego, explicó que la modificación es retroactiva, por lo cual se van a devolver las retenciones de los últimos meses en cinco cuotas, a partir de julio: "En el recibo de sueldo se va a advertir que todos aquellos trabajadores y trabajadoras que ganan hasta 150.000 pesos no van a tener la retención del impuesto a las ganancias y a aquellos a los que se les ha retenido van a recibir en cuotas la devolución".
La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
"Los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno. La medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo. Alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto", afirmó la titular de la AFIP. Por otro lado, el organismo comunicó que "como parte de la reglamentación y con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP incrementa el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicará en $2.500.000. De esta forma más de 200 mil trabajadores se verán eximidos de realizar la presentación de las declaraciones juradas informativas este año".
Ganancias: cuáles son los cambios
El piso a partir del que los contribuyentes deberán presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tuvo un ajuste del 25% y pasará de $2 millones a $2,5 millones.
El nuevo nivel que rige para el ejercicio fiscal 2020 implica un ajuste inferior a la inflación del período, que fue del 36,1%, y no guarda relación con el mínimo dispuesto en la creación de Bienes Personales en 1991, de $103.000, por entonces equivalentes a la misma cantidad en dólares, aproximadamente cuatro veces más que el nuevo piso.
De todos modos, el especialista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, consideró que el ajuste es "positivo" debido a que "dejan de estar obligados gran cantidad de empleados en relación de dependencia".
Al respecto, se estima que los empleados que dejarán de estar alcanzados por el impuesto sobre los Bienes Personales serán aproximadamente 250.000.
Por su parte, César Litvin, de Lisicki, Litvin y Asociados, sostuvo que el nuevo nivel "sigue siendo bajo" y cuestionó que el organismo recaudador lo viene aumentando "de a $500.000 por año", que en términos relativos representan un porcentaje cada vez menor, a pesar de la suba de la inflación.
"En la práctica, quedan encuadrados aquellos empleados con una remuneración promedio mensual de $ 192.307 más aguinaldo", explicó.
De esta forma cuando las remuneraciones brutas (gravadas, exentas y/o no alcanzadas) obtenidas en el año 2020, resulten iguales o superiores $ 2.500.000, deberán presentarse las Declaraciones Juradas informativas. El plazo máximo para realizar la presentación es el 31 de julio.
Por otra parte, el especialista aclaró que en el caso de los empleados que deban tributar el impuesto a las ganancias (porque el empleador no realizó correctamente las retenciones, tengan otras rentas, u otros motivos) y/o sobre los bienes personales (porque los bienes valuados superan el mínimo no imponible aplicable), "deberán presentar las declaraciones juradas determinativas en lugar de las informativas".
En este caso, las fechas de vencimiento para las presentaciones dependen de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Para las CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3, el plazo para la presentación es el 23 de julio y para el pago el 26 del mismo mes; para las claves finalizadas en 4, 5 y 6 el 26 y 27 de julio y para las que terminan en 7,8 y 9 el 27 y 28 de julio, respectivamente.

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15/06/2021 (6102)        compartir en facebook compartir en twitter compartir en Whatsapp



 


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