Con este propósito se destinaron $2.000 millones que se asignarán por
única vez, en una escala progresiva de acuerdo al tamaño de la unidad
productiva y el grado el grado de perjuicio sobre la actividad provocado
por el coronavirus.
En la cartera que conduce Augusto Costa señalan
que se aspira a asistir con esta ayuda a más de 123.000 unidades
productivas comprendidas en 65 actividades.
Entre los sectores más afectados se incluyen:
Servicio de Transporte escolar y otros
Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general
Gastronomía y Bares
Salones de baile, fiestas y boliches.
Guarderías y jardines maternales
Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros
Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones
Elaboración de cerveza
La
lista completa se encuentra en el sitio web del Ministerio:
https://www.gba.gob.ar/produccion_ciencia_e_innovacion_ tecnologica
El
acceso al beneficio se realiza mediante trámite electrónico. Se inicia a
través del Portal de Trámites de la Provincia
(http://portal.gba.gob.ar), bajo el nombre “Programa de Sostenimiento
Económico”, y allí deberá ingresarse la documentación requerida según el
tipo de unidad productiva. Una vez aprobado el trámite, el pago se
realizará en un lapso aproximado de 15 días.
Requisitos
Para poder acceder a los Aportes No Reintegrables, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Deben ser micro o pequeñas empresas
Deben estar radicadas en la Provincia de Buenos Aires
Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa
Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020
A la fecha de corte 24/06/2021 debían estar al día con las DDJJ de IIBB mensuales de 2019 y 2020
Aquellas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o
hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020
Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA
No haber recibido otros beneficios dinerarios de similares
características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra
jurisdicción nacional y/o provincial.
En el ministerio también se
aclara que podrán participar los beneficiarios de los programas
Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), Ingreso Familiar de
Emergencia (IFE) o Recuperación Productiva (REPRO), dado que la
naturaleza de estos programas es cubrir los salarios de los
trabajadores, por lo cual no son considerados beneficios de similares
características ni idéntico objeto.