La multa también se extendió, con $93 millones, a la Cámara de
Industriales Molineros y con $51 millones a la Asociación de Pequeñas y
Medianas Industrias Molineras. Según el texto oficial, la Comisión
Nacional de Defensa de la Competencia observó que la empresa y las
cámaras involucradas "idearon, diseñaron, implementaron y monitorearon
un acuerdo para la fijación de precios con el objeto de limitar la
competencia entre las empresas molineras de trigo y harina". El pago de
las multas deberá hacerse efectivo dentro de los diez días hábiles desde
la notificación (es decir hasta el 21 de abril), y Comercio Interior
instó a las partes a que "cesen y se abstengan de realizar acuerdos de
fijación de precios e intercambiar información sensible, en el mercado
de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo.
Según
la denuncia, el 13 de agosto de 2015, en el marco de la "Fiesta de la
Harina" llevada a cabo en el Hotel Sheraton de Buenos Aires, las cuatro
partes denunciadas y "por lo menos 107 empresas" sellaron el denominado
"Acuerdo general de la libre competencia en el sector molinero", que
implicaría la fijación de precios mínimos en forma convenida por todo el
sector, en lo que Comercio Interior consideró un "cartel
institucionalizado".
A partir de entonces, se indica en los
considerandos de la resolución, "comenzó un accionar de prácticas
anticompetitivas" por parte de Molino Cañuelas, organizando reuniones de
precios convocadas por FAIM que "habrían perseguido la subordinación de
parte de los pequeños molinos con la amenaza de eventuales sanciones
institucionales y sus potenciales perjuicios y consecuencias
económicas".
Impulsar sostuvo que FAIM "está al servicio de un
oligopolio y es conducida con un estatuto que establece un mecanismo de
decisión en base a la capacidad de molienda", y en consecuencia "el más
grande decide y los demás acatan".
Asimismo, aseguró que Molino
Cañuelas "limita, distorsiona y restringe la libre competencia en el
mercado y el desarrollo de fuentes de trabajo generadas por los pequeños
y medianos molinos, esenciales para el funcionamiento y la
sustentabilidad de la economía nacional".
De acuerdo con el dictamen
de la CNDC, "las conductas anticompetitivas imputadas tuvieron lugar en
todo el territorio nacional en el período comprendido, desde el mes de
octubre de 2014 hasta, al menos, el mes de abril de 2017".
Esas
conductas configuraron "una práctica colusiva horizontal entre las
imputadas, para la fijación de precios mínimos de venta e intercambio de
información sensible, con el objeto de limitar la competencia entre las
empresas molineras en el mercado de la molienda de trigo y la
comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional,
resultando perjudicial para la libre competencia y el interés económico
general", señaló Comercio Interior en la resolución. "Un acuerdo de las
características del aquí analizado requiere de un coordinador con peso
suficiente en el mercado que brinde cierta estabilidad, en nuestro caso,
la firma Molino Cañuelas", remarcó.
Si bien la multa fijada a la
empresa fue de $150 millones, por tratarse del máximo legalmente
permitido, Comercio Interior aseguró que "a partir del cómputo de un 20%
sobre ventas netas de harinas de trigo para el año 2017, es decir,
tomando el porcentaje mínimo del rango recomendado a nivel internacional
para casos de carteles, ascendería a la suma de $1.083.806.800".