Se generaliza el impuesto PAIS del 7,5 por ciento para todos los bienes, excepto: 1) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541; 2) Suntuarios, que ya pagan el 30 por ciento; 3) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, los cuales seguirán sin pagar el Impuesto País. La percepción se aplicará sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca y Area Aduanera Especial de Tierra del Fuego. De este modo, el dólar para la importación de bienes trepará a 290 pesos. No serán afectadas las importaciones que generan exportaciones como es el caso del poroto de soja y sector automotor. A su vez, las importaciones temporales del decreto 1330/2004 y decreto 688/2002 de automotrices quedarán fuera del alcance del Impuesto PAIS solo si el pago de la importación se efectúa luego del cobro de la exportación relacionada y/o prefinanciación con fondos propios. El régimen de importación temporal establece que la entrada al país de mercancías por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen al extranjero. Se creará un padrón con las empresas que soliciten el beneficio. Dólar agro. Se fijará un dólar de 340 pesos para el maíz y las economías regionales. El beneficio regirá para quienes liquiden antes del 31 de agosto. De este modo, el gobierno espera recaudar unos 2000 millones de dólares Dólar solidario y tarjeta. El gobierno equipara el dólar solidario con el dólar tarjeta. El valor de ambos estará determinado por el adicional de 30 por ciento del Impuesto PAIS y el 45 por ciento de Percepción de Ganancias. El viernes la cotización del dólar Solidario era de 462 pesos y el dólar Tarjeta de 495 pesos. Ahora ambos quedan en 495 pesos, según la cotización del viernes.