El fallo de STJ rionegrino, según la apelación, “clausura y entrega a
privados el Camino de Tacuifí, la única vía de acceso razonable y
posible al Lago Escondido. Clausurada esa vía –que, de hecho, pasa a ser
territorio de Lewis-, la única forma de que un ciudadano argentino
pueda acceder al Lago Escondido es un sendero de montaña. “Requiere de
un tránsito de cuatro días a pie o a caballo -por lugares de alta
peligrosidad y fragilidad ambiental- en plena zona cordillerana y a
pocos kilómetros de la frontera con Chile”, explica el recurso de
Odarda.
Según el documento, el fallo del Poder Judicial rionegrino,
además, “convalida judicialmente la privatización de un reservorio de
agua dulce de máxima pureza, excluyendo al 99% de la población argentina
de conocer una maravilla natural que le pertenece”. Y, por otra parte,
“anula la garantía del Artículo 73 de la Constitución Rionegrina que
otorga el derecho a todos los habitantes de acceder libremente a ríos,
mares y lagos como bienes de dominio público del Estado”. En efecto,
bajo el título “Acceso y Defensa de las Riberas”, ese artículo dispone
que “se asegura el libre acceso con fines recreativos a las riberas,
costas de los ríos, mares y espejos de agua de dominio público. El
Estado regula las obras necesarias para la defensa de costas y
construcción de vías de circulación por las riberas”. En los hechos, el
Lago Escondido ya no es un “espejo de agua de dominio público”.
Parafraseando a Arturo Jauretche, hubo un gringo que lo compró, pero
también un criollo que lo vendió. Para encontrar el origen de la entrega
y la renuncia a la soberanía es necesario retrotraerse al gobierno
nacional de Carlos Menem. Hubo una causa penal, pero prescribió. Toda la
situación es una polaroid de la impunidad y el descaro. “Este fallo (…)
excluye para siempre de la posibilidad de conocer un bien natural común
en forma segura, a niños, ancianos, enfermos y personas con
discapacidad o movilidad reducida. Por otro lado, dado la imposibilidad
fáctica de que los argentinos lleguemos al Lago Escondido libres y
seguros, regala parte del territorio al capital británico al ceder un
reservorio de agua dulce de importancia estratégica para la región por
su ubicación en área de seguridad de frontera, lo cual afecta en forma
flagrante nuestra Soberanía”. La presentación denuncia “la entrega de
bienes públicos más escandalosa de la historia de la Provincia de Río
Negro”. El recurso extraordinario subraya también que el fallo del Poder
Judicial rionegrino ignora sentencias de otros tribunales, incluso de
la Corte Suprema federal, que “habilitaban las dos vías de acceso:
Tacuifí y Sendero de Montaña” así como informes técnicos “que daban
cuenta de las características topográficas de uno y otro acceso, dejando
en evidencia la falta de razonabilidad en la solución definida por el
STJ”.
El recurso extraordinario es la vía por la cual un fallo del
Tribunal Superior rionegrino puede ser recurrido ante la Corte Federal.
Para ello son necesarios dos pasos: que el STJ provincial acepte la
apelación y que la Corte Suprema haga lo propio y se introduzca en el
tema. Ambos escenarios son de pronóstico incierto.