La justicia electoral rechazó el pedido Ricardo Quintela. La resolución de Servini que allana el camino de Cristina Kirchner a la presidencia del Partido Justicialista. La jueza María Romilda Servini respaldó los argumentos de la junta electoral partidaria para impugnar la lista que encabezaba Quintela. El gobernador pedía la suspensión de la interna del PJ. La jueza federal electoral María Romilda Servini finalmente rechazó el pedido de los apoderados de la lista "Federales, un grito del corazón", que encabeza el gobernador riojano, Ricardo Quintela, de suspender la elección interna del próximo 17 de noviembre del Partido Justicialista.
La jueza consideró que la decisión de la junta electoral partidaria de
impugnar la lista de Quintela --por no contar con los avales
correspondientes-- es correcta. De esta manera la junta electoral del PJ
está en condiciones de proclamar a Cristina Fernández de Kirchner, que
encabeza la lista "Primero la Patria", como la nueva titular del
peronismo a nivel nacional. Según referentes de la lista de CFK, la
proclamación debería producirse en los próximos días. El texto del fallo
de Servini dice que tras una evaluación de "los hechos enunciados por
la Junta Electoral y los fundamentos esgrimidos en la resolución
mediante la cual se tuvo por no oficializada la lista de la apelante,
corresponde señalar que además de las observaciones efectuadas a algunas
candidaturas de la lista recurrente la cuestión principal abordada en
la resolución atacada guarda relación con el incumplimiento de la debida
presentación de avales efectuada por la actora".
En otro tramo,
Servini recuerda que la lista de Quintela no cumplió con el requisito de
la cantidad de avales exigidos por el reglamento electoral del PJ. El
piso requerido es del 2 por ciento del padrón electoral nacional
partidario. Sobre el particular el escrito judicial sostiene que tras la
evaluación realizada por la Junta electoral partidaria se
contabilizaron "48.751 avales válidos, siendo un número muy inferior al
requerido por la normativa partidaria (Piso mínimo reglamentario es de
62.465 avales)". Es más, recuerda que a pesar de la extensión del plazo
para presentar los avales faltantes, la lista de Quintela no cumplió con
la exigencia.
En cuanto a la queja presentada por los apoderados de
la lista de Quintela sobre la validez del control de los avales que hizo
la junta electoral, el juzgado de Servini sostiene que "Federales, un
grito de corazón" dice haber presentado 70.531 avales. Afirma también
que la juntal electoral contabilizó 60.755 y que unos 6.809 fueron
observados por estar la información incompleta, como la falta de las
fotocopias de DNI, planillas fotocopiadas o "sin las firmas de los
avalistas". Había también, dice el juzgado, otros cinco mil avales que
tenían otro tipo de falencias.
Ante ello, Servini afirma que los
apoderados de Quintela "no acompañaron elementos probatorios que
permitan realizar un análisis distinto al que fuera llevado a cabo por
la Junta Electoral, en relación a la falta de cumplimiento de los
requisitos esenciales en cuanto a la cantidad y validez de los avales
presentados". Es más, la jueza afirma que "se limitaron a mostrar su
disconformidad con el control realizado con la custodia del material, no
precisando objetivamente por ejemplo cuales han sido las planillas que
no fueron contabilizadas".
Servini se expresó también sobre la
ausencia de argumentos por parte de los representantes de Quintela,
Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni a la hora de rechazar la
decisión de la junta electoral partidaria. "Sólo expresa su descontento
con lo resuelto, puesto que no existen argumentos distintos a los que
analizara la Junta Electoral Nacional, no acompañando ningún elemento
que permita sostener que la Junta Electoral haya actuado de manera
parcial favoreciendo a la otra lista participante", destaca la
resolución de Servini.
En el planteo que habían realizado los
apoderados Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, se destacaba una
supuesta "falta de interés de realizar los comicios por parte de la
Junta Electoral" y, sobre todo, la ausencia de una depuración de los
padrones de afiliados. La jueza destaca que estas observaciones se
hicieron con posterioridad al rechazo a la lista de Quintela por la
falta de avales.